La Modalidad 40 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es una opción que permite a los trabajadores que cotizan bajo la Ley 73 continuar aportando al sistema de seguridad social de manera voluntaria. Este esquema es especialmente atractivo para aquellos que desean incrementar el monto de su pensión al momento de retirarse. A través de la Modalidad 40, los asegurados pueden seguir cotizando en los seguros de Invalidez y Vida, así como en el de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.
Para inscribirse en la Modalidad 40, los asegurados deben realizar pagos mensuales adelantados, a más tardar el día diecisiete de cada mes, según el Artículo 128 del Reglamento de la Ley del Seguro Social. Estos pagos deben efectuarse en una institución bancaria. Al momento de la inscripción, el asegurado puede elegir la fecha de inicio de su protección, ya sea desde la solicitud de inscripción o desde el día siguiente a su baja, cubriendo las cuotas no enteradas al IMSS.
Desde la entrada en vigor de la Ley del Seguro Social de 1997, la Modalidad 40 ya no incluye el derecho a servicios médicos. Sin embargo, los derechohabientes pueden contratar estos servicios de manera independiente a través del Seguro de Salud para la Familia. Esta opción permite a los asegurados seguir recibiendo atención médica, aunque no esté incluida en la Modalidad 40.
El principal beneficio de la Modalidad 40 es el incremento en el monto de la pensión. Al continuar cotizando, los asegurados pueden aumentar el promedio de su salario base de cotización, lo que se traduce en una pensión más alta al momento de retirarse. Este esquema es especialmente ventajoso para aquellos que han tenido salarios altos en los últimos años de su vida laboral.