A lo largo de tu vida laboral vas haciéndote de los recursos económicos que requieres para satisfacer todas tus necesidades y las de tu familia por medio del salario que obtienes a la quincena o en el mes por tu empleo, pero al largo plazo tienes un beneficio que serpa fundamental para tu bienestar en la edad adulta, y es que uno de los derechos laborales adicionales al sueldo es el formar un fondo de retiro con las aportaciones patronales que hace tu empleador al Instituto Mexicano del Seguro Social.
Este ahorro se convertirá en la Pensión IMSS que tramites cuando llegues a la edad de jubilación por vejez a los 65 años, aunque desde los 60 años se puede pedir por cesantía. El mecanismo de pensiones que te toque está determinado por la Ley del Seguro Social con la cual cotizaste, que define si eres de la Generación Afore o si puedes retirarte con la Ley del IMSS de 1973. La clave para descubrir cuál te toca es revisando si empezaste a cotizar antes del 1 de julio de 1997, para saber si eres del Régimen del 73 o la Ley del 97, si tu primer empleo fue después de esa fecha y que puedes consultar en una Constancia de Semanas Cotizadas al IMSS.
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Si estás afiliado con la Ley 73 del IMSS, podrás tramitar una Pensión IMSS con el monto correspondiente al porcentaje de la pensión que te toca si esperas a los 65 años de edad, si decides hacerlo a partir de los 60 años, pero si te esperas a esa edad podrás obtener el 100%. Te explicamos a continuación qué requisitos y documentos necesitas para hacer un Retiro Total de Afore si eres Ley 73.
Cómo solicitar el Retiro Total Afore si coticé con la Ley del IMSS de 1973
Los requisitos básicos para hacer la solicitud del ahorro total en tu Afore si cotizaste bajo el Régimen del 73 son tener un mínimo de 500 semanas cotizadas en el IMSS, que puedes consultar en este ENLACE. El monto de la pensión se determina con el salario promedio de tus últimos 5 años en el IMSS o su equivalente de 250 semanas cotizadas; pero al final lo que recibirás dependerá de la edad de jubilación, de acuerdo con esta tabla:
- Pensión por cesantía a los 60 años: 75%
- Pensión por cesantía a los 61 años: 80%
- Pensión por cesantía a los 62 años: 85%
- Pensión por cesantía a los 63 años: 90%
- Pensión por cesantía a los 64 años: 95%
- Pensión por Vejez a los 65 años: 100%
En cuanto a la documentación y teniendo todo esto presente, te compartimos qué necesitarás para realizar la solicitud del Retiro Total Afore si eres Ley 73 del IMSS para obtener la pensión y retirar los recursos que te tocan:
- Identificación oficial vigente
- Estado de Cuenta Afore que compruebe que estás registrado
- Estado de Cuenta del banco con CLABE
- Resolución de Pensión o Negativa de Pensión del IMSS
Acude a la Subdelegación del IMSS para hacer la Solicitud de Pensión y obtener el último documento señalado, y ya sea que tengas tu pensión o no, por parte de la Afore podrás retirar estos recursos en una sola exhibición llevando los elementos mencionados para que llenes en las oficinas el formulario Solicitud de Disposición de Recursos y lo firmes, para esperar que te depositen el dinero dentro de 6 días hábiles por los siguientes conceptos.
- SAR 92-97 si no tuviste un crédito de vivienda
- Retiro 97 a la fecha del retiro
- Infonavit 1997, que deberás tramitar de forma separada con la dependencia con este TRÁMITE.
Los recursos de la Subcuenta de cesantía en edad avanzada y vejez, como la Cuota Social, no se entregan en efectivo si te aprueban la pensión, pues te darán los pagos de las mensualidades con ese recurso. Pero si no tienes derecho a pensionarte y te dan la Negativa de Pensión, podrás obtener la totalidad del ahorro desde los 60 años, y hasta los 65 para el SAR IMSS 92 y SAR INFONAVIT 92.
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Para más información sobre este y otros temas, visita la sección de Retiro de Mi Bolsillo.