Los trabajadores en México que laboran de manera formal pueden cotizar para una pensión, que es un pago que se da al mes cuando se retiran, sin embargo, varios de ellos aún no saben cuál es el porcentaje de pensión que tendrán cuando lo hagan, lee: Ley 73 del IMSS: ¿Qué pasa si tengo el mínimo de semanas, pero me jubilo a los 65 años?
La edad de retiro para los trabajadores mexicanos es de 65 años, pero pueden hacerlo antes si cumplen con los requisitos que solicita el Instituto Mexicano del Seguro Social, pero no tendrán el 100%, a diferencia de si realizan el trámite a los 65, aunque tengan el mínimo de semanas cotizadas que son 500, sí tendrán todo el porcentaje de la pensión.
También te puede interesar: Programa renta para jóvenes: Estos son los requisitos para una vivienda con renta de hasta $5,000
Ley 73 del IMSS: ¿Qué pasa si tengo el mínimo de semanas, pero me jubilo a los 65 años?
La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro explica en su sitio que quienes estén en la Pensión por Régimen 73 deben de reunir estos requisitos para solicitar una pensión:
- Tener mínimo 500 semanas de cotización (puedes revisar cuántas tienes en la Constancia de Semanas Cotizadas del IMSS).
- Dependiendo de la edad en que se solicita la pensión, será el porcentaje de esta:
- Pensión por vejez: 65 años – 100%
- Pensión de Cesantía: 64 años – 95%
- Pensión de Cesantía: 63 años – 90%
- Pensión de Cesantía: 62 años – 85%
- Pensión de Cesantía: 61 años – 80%
- Pensión de Cesantía: 60 años- 75%
También te puede interesar: ¿Cómo realizar el retiro total de mi Afore si soy Ley 73 del IMSS?
Esto quiere decir que, si tiene 65 años, pero sólo cumple con lo mínimo que son 500 semanas, tiene derecho a tener el 100% de la pensión basado en el ahorro que tenga en este ramo.
¿Cuáles son los tipos de pensión que existen?
Los trabajadores que estén pensando en retirarse del mundo laboral pueden acceder a la pensión por vejez que se da a los 65 años o por cesantía que va de los 60 y 64 años, sin embargo, hay otros tipos de pensión que se dividen de la siguiente forma:
- Las pensiones para el trabajador al ocurrirle un accidente de trabajo o padecer una enfermedad comprenden Incapacidad Permanente Parcial o Total e Invalidez.
- Las pensiones para los beneficiarios de un trabajador o pensionado, al momento de su muerte comprenden viudez, orfandad y ascendientes.
¿Cómo sé en qué régimen de pensión estoy?
Esta información depende del año de registro en el IMSS:
- Ley 73 del IMSS: se dio de alta antes del 1 de julio de 1997
- Ley 97 del IMSS: se dio de alta después del 1 de julio de 1997
El trabajador deberá de acudir a la ventanilla del Control de Prestaciones de la Unidad de Medicina Familiar que le corresponda, de 8:00 a 15:00 horas de lunes a viernes para hacer el trámite.
Otros temas de interés: