Para los trabajadores mexicanos afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) bajo el régimen de la Ley 97, la planificación de la jubilación requiere prestar atención a un elemento clave: el número de semanas cotizadas. Con cambios graduales año con año, 2025 trae consigo nuevos requisitos que es importante conocer.
Esta ley aplica a quienes comenzaron a cotizar al IMSS a partir del 1 de julio de 1997, bajo un esquema de cuentas individuales administradas por una Afore. Puedes verificar si perteneces a este régimen mediante tu estado de cuenta Afore o consultando tu Constancia de Vigencia de Derechos en el portal del IMSS.
- Tener 60 años (para pensión por cesantía) o 65 años (para pensión por vejez).
- Estar dado de baja del Régimen Obligatorio del IMSS.
- No contar con empleo remunerado.
- Tener actualizado tu Expediente de Identificación del Trabajador en tu Afore.
Contratada con una aseguradora. Garantiza un pago mensual de por vida, aunque requiere un seguro de sobrevivencia para proteger a beneficiarios.
Administrado por la Afore. El pago mensual depende del saldo, los rendimientos y la esperanza de vida. También requiere seguro de sobrevivencia.
Otorgada por el Estado si cumples con la edad y semanas mínimas, pero no acumulas lo suficiente en tu Afore para las otras dos opciones.
- Identificación oficial vigente.
- Comprobante de domicilio.
- Documento bancario con tu número de cuenta y CLABE.
- Copia del acta de nacimiento.
- Estado de cuenta de tu Afore.
- Resolución o negativa de pensión emitida por el IMSS.
El trámite se realiza en la Unidad de Medicina Familiar correspondiente, de lunes a viernes entre las 8:00 y 15:00 horas.