¿Qué modalidades te convienen si estás en Ley 73 o 97?

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ofrece diversas modalidades de cotización que permiten a los trabajadores planear y asegurar su pensión de acuerdo con sus necesidades y circunstancias personales. Sin embargo, para tomar la mejor decisión es indispensable identificar si estás registrado bajo la Ley 73 o la Ley 97, ya que cada una tiene opciones distintas.

  • Modalidad 40 (Continuación Voluntaria): Es ideal para quienes han cotizado al menos 52 semanas en los últimos cinco años. Permite aumentar el monto de la pensión, llegando incluso a cifras cercanas a los 50 mil pesos mensuales, dependiendo de las semanas acumuladas y el salario base de cotización.
  • Modalidad 10 (Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio): Recomendada para personas con largos periodos sin cotizar y cuyos ingresos fiscales superan los dos salarios mínimos. Es una alternativa para recuperar derechos.
  • Modalidad 44 (Incorporación Voluntaria para Trabajadores Independientes): Esta opción es más accesible para quienes han pasado muchos años sin cotizar o tienen ingresos fiscales menores a dos salarios mínimos. Ofrece cobertura médica y acceso a una pensión, aunque el monto será más limitado.

Es importante aclarar que no se puede cambiar directamente de la Modalidad 10 o 44 a la Modalidad 40. Para hacerlo, se requiere cotizar como trabajador asalariado por lo menos 52 semanas consecutivas.

Esta modalidad se basa en el ahorro acumulado en la cuenta individual de la Afore del trabajador. Por ello, es recomendable realizar aportaciones adicionales voluntarias para aumentar el monto de la pensión al momento del retiro. Es una opción más flexible, en especial para trabajadores independientes.

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