Después de años de esfuerzo y trabajo formal bajo el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), los trabajadores esperan recibir una pensión como reconocimiento a su trayectoria laboral pero hay condiciones que se tienen que cumplir para poder acceder a dicho beneficio.
Lo que pocos saben es que esta pensión no necesariamente debe tramitarse de inmediato al momento de dejar de cotizar, aunque existe un plazo conocido como Conservación de Derechos, que permite a los extrabajadores solicitar su pensión incluso si ya no tienen un empleo activo, pero hay límites que no conviene ignorar.
- Invalidez
- Cesantía en edad avanzada
- Vejez
- Viudez, orfandad o ascendencia (no derivadas de accidente de trabajo)
Este periodo se calcula como la cuarta parte del total de semanas cotizadas. Por ejemplo, si una persona trabajó y cotizó durante 1,000 semanas, tendrá derecho a conservar sus beneficios durante 250 semanas (es decir, 4 años y 42 semanas) a partir de la fecha en que dejó de cotizar.
Durante ese tiempo, aunque el trabajador no esté activo, puede iniciar su trámite de pensión sin perder sus derechos.
Dependiendo del tiempo transcurrido desde la baja en el IMSS, se deben seguir distintos pasos:
- Si han pasado menos de 3 años: Basta con reinscribirse al IMSS (es decir, volver a cotizar a través de un trabajo formal) para que se recupere de inmediato la conservación de derechos.
- Si han pasado entre 3 y 6 años: En este caso, se deberá cotizar al menos 26 semanas (6 meses) antes de que el IMSS reactive el derecho a pensionarse.
Este proceso es crucial para quienes, por alguna razón, no pudieron solicitar su pensión a tiempo. La clave está en no dejar pasar más de 6 años, ya que una vez cumplido ese plazo, recuperar el derecho se vuelve aún más complicado.
- El número total de semanas cotizadas
- La fecha exacta en la que dejaste de cotizar
- La fecha de vencimiento de tu conservación de derechos
Con esta información, puedes planificar con claridad cuándo y cómo iniciar tu trámite de pensión sin contratiempos.
Ojo: conservar los derechos no es el único requisito para pensionarte. También debes cumplir con otras condiciones específicas dependiendo del tipo de pensión que solicites, como edad mínima, número de semanas cotizadas, entre otras.