SCJN emite sentencia para la pensión por ascendencia del IMSS, ¿debe ser del 20 ó 90%?

Las pensiones por ascendencia son aquellas que reciben los padres del trabajador fallecido, pero ¿cuánto es lo que deben recibir? Existe un debate en relación ala cantidad, debido a que la viuda puede recibir un porcentaje más alto, por ello, la SCJN emite sentencia para la pensión por ascendencia del IMSS, ¿debe ser del 20 ó 90%?

La Suprema Corte de Justicia de la Nación publicó un comunicado el 29 de noviembre de 2023 en donde se indica que la Ley del IMSS de 1973 transgrede el derecho a la igualdad al establecer diferentes porcentajes de pensión para cónyuges y ascendientes.

De acuerdo con la SCJN, las pensiones no deben considerarse un beneficio gratuito, sino un derecho adquirido a lo largo de la vida laboral del trabajador mediante sus aportaciones. Su propósito es garantizar la estabilidad económica de los beneficiarios tras su fallecimiento, incluyendo cónyuges, concubinos, hijos y padres dependientes.

Hasta ahora, la legislación establecía que, en caso de fallecimiento del asegurado, la pensión se distribuía de la siguiente manera: el 90% para el cónyuge o concubino(a), el 20% para los hijos (o el 30% si eran huérfanos de padre y madre), y solo el 20% para los padres dependientes, siempre que no hubiera otros beneficiarios con derecho.

No obstante, la SCJN determinó que esta diferencia en los montos carece de justificación. Por ello, en una decisión trascendental, resolvió que los padres del asegurado fallecido tienen derecho a recibir el 90% de la pensión, igualando así su acceso a este recurso fundamental.

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