¿Si tengo 55 años y dejo de pagar Modalidad 40 del IMSS, podré pensionarme a los 60?

Cuando se habla de las pensiones surgen varias dudas, debido a que los trabajadores no siempre conocen cuál es la ley que rige este derecho y cuáles son los requisitos que deben de cumplir, siendo uno de ellos la vigencia derechos, pero ¿Si tengo 55 años y dejo de pagar Modalidad 40 del IMSS, podré pensionarme a los 60?

Algunas personas consideran que adelantar los pagos de la Modalidad 40 les ayudará a tener una mejor pensión, dejando de lado el término “vigencia de derechos” que les permite hacer trámites en el Instituto Mexicano del Seguro Social y realizar consultas médicas.

Explicó que en los casos en los que una persona tenga 1,300 semanas cotizadas en el IMSS, sí se podría, debido a que la “vigencia de derechos” se conserva “por un periodo igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales (tiempo cotizado al IMSS), contado a partir de la fecha de su baja”. 

De acuerdo con el IMSS, este sería un “tiempo de gracia” para que el “asegurado pueda solicitar el otorgamiento de las pensiones antes señaladas”. Entonces, respondiendo a la pregunta, sí se puede dejar de pagar Modalidad 40 del IMSS a los 55 años, pero se deberá de conocer cuántas semanas cotizadas se tienen, que, por recomendación, deberían de ser más de 1,300 semanas.

  • Si no han pasado más de tres años, se te actualiza tu conservación de derechos al momento de la reinscripción.
  • Si han pasado más de tres años, pero no más de seis años, se te actualiza tu conservación de derechos, cuando hayas cubierto un mínimo de veintiséis semanas (6 meses) de nuevas cotizaciones.
  • Si han pasado más de seis años, se te actualiza tu conservación de derechos, cuando hayas cubierto un mínimo de cincuenta y dos semanas (un año) de nuevas cotizaciones.

Si quieres hacer el trámite de la pensión, deberás de conocer en qué régimen estás y los requisitos a cumplir.

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