Estas pensiones cancelan tu deuda de crédito Infonavit, si cumples con los requisitos que contempla el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, que están publicados en su portal. Hay situaciones que no se pueden prevenir, como un accidente laboral, que, quizá, pueda derivar en una incapacidad total o parcial.
Cuando una persona se pensiona por algunas de las modalidades del IMSS o del ISSSTE, se enfrenta a la incertidumbre de si podrá cubrir con el saldo pendiente de su crédito hipotecario, debido a que podrá ser percibido como una “carga” significativa. Por ello, en Mi Bolsillo, te diremos qué tipos de pensión permiten que se pueda liberar la hipoteca.
- Contar con un dictamen de incapacidad total permanente emitido por el IMSS, ISSSTE o Profedet.
- El dictamen debe señalar de forma clara que se trata de una incapacidad total permanente de lo contrario no se podrá liberar el crédito.
- Presentar original y copia de la identificación oficial vigente (INE/IFE, cédula profesional o pasaporte)
- Una vez reunidos todos los requisitos, se debe llamar al Infonatel al 800 008 3900 o ir al Centro de Servicio Infonavit (Cesi).
El Infonavit aclara que “Si al término de estos dos años no vuelves a tener una relación laboral y cumples con los requisitos establecidos, podrás solicitar la liberación de tu hipoteca”.
- Contar con un dictamen de incapacidad parcial permanente del 50% o más, emitido por el IMSS, ISSSTE o Profedet.
- El dictamen debe señalar de forma clara que se trata de una incapacidad parcial permanente del 50% o más, de lo contrario, no se podrá aplicar.
- Presentar original y copia de la identificación oficial vigente (INE/IFE, cédula profesional o pasaporte).
- Una vez reunidos los requisitos, se debe llamar al Infonatel al 800 008 3900 o ir al Centro de Servicio Infonavit (Cesi) más cercano.
Al igual que en el caso anterior, “Si al término de los dos años no vuelves a tener una relación laboral y cumples con los requisitos establecidos, podrás solicitar la liberación de tu hipoteca”.
- Ser persona jubilada o pensionada.
- No cotizar ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
- Haber pagado al menos 120 mensualidades completas.
- Que el crédito no esté en proceso jurídico por falta de pago.
Quienes quieran estar en este programa deben ir a la oficina del Infonavit más cercana, presentar una identificación oficial vigente y entregar el dictamen o resolución de jubilación o pensión por vejez o cesantía en edad avanzada emitido por el IMSS, ISSSTE, Afore o aseguradora, en original.
Los pensionados pueden salir de este programa si dejan de pagar o si regresan a trabajar en un empleo formal, “regresando tu mensualidad a las condiciones previas a esta reestructura”.