¿Estás en el régimen de pensión Ley 97?, esta pregunta es crucial, debido a que el cálculo de la pensión se realiza tomando de base el saldo ahorrado en la cuenta individual, la edad de retiro y el salario promedio actualizado por Índices y convertido en veces la UMA, pero ¿qué sucede si este dinero se acaba antes de que el titular fallezca?, Mi Bolsillo te invita a leer qué pasa si se termina el dinero por la Ley 97 del IMSS antes del fallecimiento del titular.
¿Puede pasar que se agoten los recursos de la Afore? Para salir de la duda platicamos en exclusiva con el Lic. Jaime Gutiérrez Melchor, director de la firma consultora en seguridad social IMSS e ISSSTE «Mi Retiro y Pensión», quien nos indica que lo primero se debe saber es qué tipo de pensión se recibirá.
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Esto pasa si se termina el dinero por la Ley 97 del IMSS antes del fallecimiento del titular
En el régimen 1997 de la Ley del Seguro Social se contemplan tres modalidades de pensión: rentas vitalicias, retiros programados y pensión garantizada; en el caso de la primera opción, el director de «Mi Retiro y Pensión», nos explica que solo se puede obtener acceso a una renta vitalicia si el trabajador acumuló dinero suficiente en su cuenta individual para comprar la renta vitalicia más el seguro de sobrevivencia que cubrirá las pensiones que correspondan a su fallecimiento.
“La pensión en la modalidad de retiros programados se cubrirá hasta la fecha en que el pensionado alcance la esperanza de vida o se dé el agotamiento o insuficiencia de los recursos de la cuenta individual; al ocurrir cualquiera de las situaciones que comento, no habrá más pago de pensión y solo se conservará el derecho al servicio médico para el pensionado y sus beneficiarios legales”, indica el especialista.
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El Lic. Jaime Gutiérrez Melchor nos explica que debe tenerse en cuenta que el retiro programado procederá después de cubrir la prima del seguro de sobrevivencia y siempre que el retiro resultante sea igual o mayor a una pensión garantizada.
¿Qué pasa con las pensiones por renta vitalicia y la pensión garantizada?
Estas dos se entregan de por vida, la primera la paga una aseguradora y la segunda se cubre con los recursos acumulados en la cuenta individual “hasta su agotamiento y, ocurrido este, el IMSS continuará cubriendo la pensión, mes a mes, con recursos radicados por el Gobierno Federal”, señala el especialista.
Los requisitos para pensionarse bajo el régimen de pensión de 1997 son:
- Tener un mínimo de 825 semanas de cotización en 2024.
- Tener 60 a 64 años en caso de Pensión por Cesantía
- Tener 65 años en caso de Pensión por Vejez
- Tener tu Expediente de Identificación de Trabajador actualizado (genéralo en la AFORE)
¿Cuántas personas se han retirado por pensión programada?
El especialista nos indica que, al momento se tienen datos de que sólo una persona a nivel nacional ha seleccionado esta forma de recibir su pensión, esto porque no son muchos los trabajadores que logran ahorrar lo suficiente como para elegir esta modalidad de pensión.
Si usted logra tener un ahorro suficiente para un retiro programado, cuando se agoten los recursos, tome en cuenta que, sólo tendrá derecho a servicio médico para usted y sus beneficiarios.
«Se estima que el 95% de los trabajadores que obtengan una pensión, recibirán una de las referidas en la tabla publicada en el artículo 170 de la Ley del Seguro Social, actualizada anualmente por la inflación”, añade el Lic. Jaime Gutiérrez.
Para calcular el importe de una pensión por Ley 1997 se tomará en cuenta “la edad de retiro, las semanas cotizadas acumuladas a la fecha de baja y el salario base de cotización promedio de toda la vida laboral, actualizado por el INPC y dividido entre el valor de la UMA vigente”.
¿El retiro programado existe en la Ley 73 del IMSS?
No, sólo está contemplado en el régimen del año 1997.
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