Las personas que estén en proceso de trámite de su pensión y estén en la Ley 97 del IMSS, deben conocer que podrían ser beneficiadas por el Fondo de Pensiones del Bienestar, un fideicomiso público en donde se concentrarán los recursos de las Afores de los trabajadores con más de 70 años que no estén activas, conoce: Ley 97 del IMSS: ¿El complemento del Fondo de Pensiones es heredable?
El 1 de mayo se creó el Fondo de Pensiones para el Bienestar con el objetivo de dar un complemento a los pensionados que estén en la Ley 97 del IMSS y que el cálculo de su pensión no llegue al tope fijado que es de $16,777, que es el salario promedio registrado en el IMSS en 2023, monto que se actualizará todos los años. La implementación de este fideicomiso es reciente, por lo que los beneficiarios pueden pensar que el complemento es heredable, pero no es así.
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Ley 97 del IMSS: ¿El complemento del Fondo de Pensiones es heredable?
En el artículo 127 de la Ley del Seguro Social se indica que “Cuando ocurra la muerte del asegurado o del pensionado por invalidez, el Instituto otorgará a sus beneficiarios, conforme a lo dispuesto en el presente capítulo, las siguientes prestaciones”:
- Pensión de viudez;
- Pensión de orfandad;
- Pensión a ascendientes;
- Ayuda asistencial a la pensionada por viudez, en los casos en que lo requiera, de acuerdo con el dictamen médico que al efecto se formule.
- Asistencia médica.
Por ello, se dice que la pensión se hereda, pero se pasan los derechos de cobrarla al beneficiario que haya sido registrado.
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¿Qué pasa con el complemento?
La pensión como tal la pueden cobrar los beneficiarios, sin embargo, hasta donde se lee en las Reglas de Operación del Fondo de Pensiones del Bienestar, este complemento no sería heredable, idea que puntualizó la especialista en pensiones Minerva Vázquez, Directora General de Proyecsar y especialista en estrategias de Modalidad 40 del IMSS.
Bajo esta premisa, si la persona llega a fallecer, los beneficiarios recibirán el cálculo de la pensión que se tenía desde un inicio. Hay que resaltar que las personas de la Ley 97 del IMSS que reciban el complemento para llegar a los $16,777 son quienes no lleguen a esa cantidad; es decir, si la persona tiene una pensión de $9,000, recibiría un complemento de $7,777, pero si llega a fallecer, los beneficiarios recibirán la pensión calculada en un principio.
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