¿En ambas puedo optar por la Modalidad 40?

Analizar el monto con el que un trabajador se va a pensionar, puede ayudar a establecer estrategias de ahorro desde antes de llegar a la edad de retiro (que en México es a los 65 años), pero elegir alguna dependerá del régimen en el que la persona se va a pensionar, lea: Ley 73 y 97 del IMSS: ¿En ambas puedo optar por la Modalidad 40?

El esquema de afiliación Modalidad 40 o la “Inscripción a la continuación voluntaria al régimen obligatorio en el IMSS” permite que el trabajador pueda pagar las aportaciones patronales según el sueldo con el que se vaya a registrar la persona, sin embargo, aunque legalmente sí es posible registrarse en ella, los resultados serán distintos para cada régimen.

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Ley 73 y 97 del IMSS: ¿En ambas puedo optar por la Modalidad 40?

En estos dos regímenes de pensión sí se puede optar por la Modalidad 40 pero los resultados serán distintos, debido a que en la Ley 73 del IMSS se podrá mejorar el promedio salarial de los últimos cinco años, dato que se toma de base para el cálculo de la pensión, además de aumentar las semanas de cotización (entre más se tengan es mejor).

Sin embargo, en la Ley 97 del IMSS, el trabajador verá reflejado el aumento de las semanas de cotización, factor que le ayudará a reunir el mínimo de semanas que se solicita cada año (en 2024 son 825 y aumentará 25 semanas cada año), pero esto no aumentará su pensión, debido a que este pago se calcula según lo ahorrado en la Afore.

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La diferencia entre la Modalidad 40 y la Modalidad 10 es que la primera no ofrece seguro médico, es decir, la persona no podrá consultar en el IMSS o agregar beneficiarios para que sean atendidos, por lo tanto, quien esté en la Ley 97 del IMSS y quiera aumentar sus semanas deberá de analizar si le conviene registrarse en este esquema de afiliación.

Por otro lado, la Modalidad 10 del IMSS que es para trabajadores independientes, sí permite tener seguro médico y tener prestaciones como guardería, cotizar para el retiro, cobertura por riesgo de trabajo, Seguro de Invalidez y Vida, además de los beneficios en Infonavit.

En resumen, el trabajador que esté en la Ley 73 del IMSS o en la Ley 97 del IMSS y quiera registrarse en la Modalidad 40 debe preguntarse cuál es el objetivo que quiere lograr y determinar si es lo conveniente según su caso.

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Comunicóloga y periodista digital enfocada en temas de la Ley Federal del Trabajo, Ley del Impuesto Sobre la Renta, Código Fiscal de la Federación, CFDI 4.0, trámites en el SAT, pensiones, vacantes en empresas privadas y dependencias de gobierno, programas sociales e industria automotriz.

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