La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro es la entidad que se encarga de regular el Sistema de Ahorro para el Retiro en el país, por lo que en febrero emitió una circular en el que se emitieron reglas de carácter general, si aún no sabes cuál es, lee: Consar advierte sobre nuevo requisito de las Afores.
Ahora, las Administradoras de Fondos para el Retiro deberán de entregar “información de los juicios relacionados con la Cuenta Individual en los que son parte las Administradoras en su calidad de demandadas”, por lo que deberán de enviar un formato con los datos acumulados en el trimestre.
También te puede interesar: Ley 73 del IMSS: ¿Cuál es el monto máximo del préstamo que puedes pedir?
Consar advierte sobre nuevo requisito de las Afores
Este nuevo requisito que deberán de entregar las Afores se solicita por el número de juicios que tienen algunas Administradoras y que son un indicador de alerta para el Sistema de Ahorro para el Retiro, por lo que se requiere conocer cuántos y que tipo de juicios están en trámite.
La circular de la Consar enfatiza en que esta información ayudará a “tener un seguimiento continuo por parte de las Administradoras y de la Comisión, es necesario contar con la información de los procedimientos judiciales y jurisdiccionales que se siguen en contra de las Administradoras”.
También te puede interesar: ¿Cómo será el pago BIMESTRAL de $6,000 de Pensiones para Bienestar? (julio 2024)
El formato Anexo 149 contempla que se llene el tipo de registro, el número de expediente, la entidad federativa donde se realiza el juicio y el estatus del mismo; más adelante se solicita información de los actores como CURP, nombres, quién promovió el juicio (puede ser la Profedet) y la prestadora de servicio.
La parte medular es la cuarta sección en donde deben aparecer información de los datos del titular de la Cuenta Individual como CURP, Número de Seguridad Social, nombre del titular, RFC. El formato contempla estas prestaciones:
| 01 | Designación de beneficiarios y/o devolución de recursos |
| 02 | Devolución de los recursos por concesión de pensión |
| 03 | Devolución de los recursos por negativa de pensión |
| 04 | Devolución de recursos a extranjeros |
| 05 | Régimen de jubilaciones y pensiones del IMSS |
| 06 | Unificación o separación de cuentas |
| 07 | Cambio de régimen pensionario |
| 08 | Controversias del orden familiar |
| 09 | Devolución de pagos sin justificación legal |
| 10 | Planes privados de pensiones |
| 11 | Embargo y remisión de recursos |
| 99 | Otras prestaciones |
Además, se comparte este catálogo de demandas:
| 01 | Sin derecho a Retiro |
| 02 | Modificación de Datos |
| 03 | Separación de Cuentas |
| 04 | Separación de Cuentas con disposición de recursos |
| 05 | Sin declaración de Beneficiario |
| 06 | Marca trámite judicial |
| 07 | Sin proceso operativo establecido |
| 99 | Otro (Especifique) |
En la circular, la Consar indica que busca la “reducción gradual de los procedimientos judiciales que afectan al Sistema de Ahorro para el Retiro y en consecuencia coadyuvar al desahogo de la actual saturación de los órganos de impartición de justicia en beneficio de los Trabajadores”.
Otros temas de interés: