Cuántos meses debes pagar mínimo

¿Sabes a qué trabajadores beneficia la Modalidad 40 del IMSS?, este esquema de pago permite a las personas que quieran mejorar su retiro, hacer pagos retroactivos para recuperar las semanas que no hayan laborado, de esta forma, pueden ponerse al día para tener una pensión. Si estás analizando esta posibilidad, lee: Modalidad 40 del IMSS: Cuántos meses debes pagar mínimo. 

Este tipo de afiliación del IMSS sólo permite contribuir a las aportaciones patronales, pero no da seguro médico; además, entre los requisitos está que la persona no haya pasado más de cinco años sin cotizar en el instituto, por lo que, para saber el tiempo mínimo de pago depende de un análisis que realice un asesor en pensiones, debido a que se tiene que tomar en cuenta cuántas semanas tiene y cuál es el promedio salarial de los últimos cinco años.

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Modalidad 40 del IMSS: Cuántos meses debes pagar mínimo

En Mi Bolsillo hemos dado varias notas sobre esta modalidad y en varias de ellas hemos comentado que para registrarse se recomienda tener, al menos, 1,000 semanas cotizadas, ya que permite alcanzar una pensión alta, en cambio, si una persona con 500 semanas quiere registrarse, lo podrá hacer, pero las aportaciones mensuales serán mayores.

En una entrevista exclusiva que tuvimos con el Lic. Jaime Gutiérrez Melchor, director de la firma consultora en seguridad social IMSS e ISSSTE,  Mi Retiro y Pensión, nos comentó que en esta modalidad “la pensión es proporcional a las semanas y salario; entre más semanas, más conviene aportar, porque más alta será mi pensión”.
 

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Incluso, comentó que un trabajador con el salario mínimo, que pueda pagar tres años a tope, podría llegar a tener una pensión de $32,000 al mes, pero enfatizó que depende de la situación de cada persona.

¿Cómo me puedo dar de alta en la Modalidad 40?

Existen dos formas de darse de alta en este esquema del IMSS, que, como comentamos es adecuado para las personas que están en la Ley 73:

En línea:

  • Ingresa al portal IMSS y busca el trámite de “Solicitud de inscripción en la continuación voluntaria en el régimen obligatorio”.
  • Captura tu CURP y un correo electrónico válido.

Presencial:

  • Presenta en ventanilla en la Subdelegación de lunes a viernes en días hábiles en el IMSS de 8:00 a 15:30 horas, escrito libre con tu solicitud de inscripción y firma autógrafa, así como documentos requeridos.
  • Realiza el pago correspondiente.
     
  • Una vez que se realice el pago en las entidades bancarias o en línea, por sistema se registra el pago.

¿Qué documentos se necesitan?

En línea:

  • 1. Clave Única de Registro de Población (CURP).
     
  • 2. Número de Seguridad Social (NSS).
     
  • 3. Correo electrónico.

En la Subdelegación:

  • 1. Clave Única de Registro de Población (CURP).
     
  • 2. Número de Seguridad Social (NSS).
     
  • 3. Correo electrónico.
     
  • 4. Identificación oficial vigente. Original y copia.
     
  • 5. Escrito libre solicitando la inscripción en la continuación voluntaria en el régimen obligatorio, con firma autógrafa o huella digital. Original y copia.
     
  • 6. Comprobante de domicilio. Original y copia.

Este trámite no tiene costo, pero es importante que las personas que quieran darse de alta revisen cuál es su condición y conozcan cuánto tienen que pagar al mes, debido a que cada año aumentarán las cuotas.

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Comunicóloga y periodista digital enfocada en temas de la Ley Federal del Trabajo, Ley del Impuesto Sobre la Renta, Código Fiscal de la Federación, CFDI 4.0, trámites en el SAT, pensiones, vacantes en empresas privadas y dependencias de gobierno, programas sociales e industria automotriz.

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