Los trabajadores que tienen más de 40 años laborando en una empresa tienen derecho a retirarse a los 65 años, aunque pueden hacerlo después de esa edad o desde los 60 años, es importante conocer la fecha en que fueron dados de alta en el Instituto Mexicano del Seguro Social para saber en qué ley están, lea: ¿Qué ley del IMSS me toca si empecé a cotizar el 1 de junio de 1997?
La fecha en la que fueron dados de alta en el IMSS se puede ver en la Constancia de Semanas Cotizadas, en la parte que dice: “Tu historia laboral”, en la que aparece un apartado por cada empresa donde se prestó servicios, ahí se puede ver la fecha de alta, la fecha de baja y el Salario Base Cotización. Si la fecha aparece 1 de junio de 1997, usted es Ley 73 del IMSS, debido a que la reforma de Cuentas Individuales aplicó para quienes fueron dados de alta después del 1 de julio de 1997.
También te puede interesar: Modalidad 40 IMSS: ¿Pierdo el acceso a los pagos si hice simulación laboral?
¿Qué ley del IMSS me toca si empecé a cotizar el 1 de junio de 1997?
Las personas que están en la Ley 73 del IMSS tienen la posibilidad de retirarse por porcentajes, esto quiere decir, que, si se quieren retirar antes de los 65 años, les tocará un porcentaje de la pensión y no el 100%, cuando platicamos con el Lic. Jaime Gutiérrez Melchor, Director de la firma consultora en seguridad social IMSS e ISSSTE, Mi Retiro y Pensión, nos comentó que las personas se pensionan a los 60 años por costumbre.
No hacer cálculos de la pensión puede derivar en recibir menos del 100%, por ello, las personas que se asesoran pueden tener una estimación de cuánto dinero tendrán, dependiendo de sus semanas cotizadas y el promedio salarial de los últimos cinco años, factores que influyen en quienes están en la Ley 73 del IMSS.
También te puede interesar: Modalidad 40 IMSS: ¿Qué puedo hacer para tener una pensión de $50,000?
¿Cuáles son las ventajas de quienes se pensionan en la Ley 73 del IMSS?
La principal ventaja de quienes estén en la Ley 73 del IMSS es que pueden registrarse en la Modalidad 40, que es un esquema de pago patronal con el que podrán aportar de forma retroactiva las semanas que no hayan cotizado en el IMSS. Este pago es de una sola exhibición, pero ayudará a recuperar las semanas de los años en los que no se haya laborado.
Por otro lado, se puede mejorar el promedio salarial registrándose con un salario mensual más alto, pero esta cantidad no podrá ser modificada después, de ahí la importancia de conocer la capacidad de pago para cumplir de manera puntual. Debe tomar en cuenta que la Modalidad 40 beneficia más a quienes tienen más de 1,000 semanas cotizadas.
¿Cuáles son los requisitos para pensionarse?
- Tener 65 años al momento de presentar su solicitud de pensión.
- Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
- Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 500 semanas de cotización.
- Haber cotizado antes del 1 de julio de 1997.
- Encontrarse dentro del período de conservación de derechos, que será igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contando a partir de la fecha de su baja.
¿Cuáles son los pasos para pensionarse?
- Acudir a la Subdelegación del IMSS a realizar tu Solicitud de Pensión.
- Una vez que obtenga respuesta del IMSS y conozca la modalidad de retiro que le corresponda, acuda a su AFORE para iniciar el trámite de disposición los recursos.
- Presente en la sucursal de su AFORE la documentación junto con la “Solicitud de Disposición de Recursos” que proporciona la Afore.
- En un plazo no mayor a seis días hábiles, la AFORE pondrá a su disposición los recursos que le corresponden de acuerdo con el régimen pensionario elegido.
Recuerde que si usted fue dado de alta hasta el 30 de junio de 1997 en el IMSS, está dentro de la Ley 73 de la Ley del Seguro Social.
Otros temas de interés: