Si eres un trabajador que fue dado de alta en el IMSS antes del 30 de junio de 1997, perteneces a la Ley del Seguro Social vigente a 1973, por lo que, deben conocer qué puede pasar si no cumplen con algún requisito para tener la pensión, lean: Ley 73 del IMSS: Motivos por los que pueden negarte el derecho a la pensión.
Los colaboradores pueden retirarse a los 65 años, pero quienes estén en la Ley 73 del IMSS podrán retirarse antes de esa edad, pero tendrán un porcentaje de la pensión (en esta nota explicamos cómo quedan los porcentajes); sin embargo, si no cuentan con el número de semanas mínimas, el IMSS les podrá negar la pensión.
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Ley 73 del IMSS: Motivos por los que pueden negarte el derecho a la pensión
Los trabajadores que estén en la Ley 73 del IMSS, pueden confimar si están ahí por medio de la Constancia de Semanas Cotizadas, documento que se puede descargar en el Portal del IMSS y que indica la fecha en que la persona fue dada de alta por primera vez en este instituto. Los motivos que pueden ocasionar que una persona tenga la negativa de pensión son:
- No tener el mínimo de semanas en la Ley 73 del IMSS que son 500.
- No tener vigente los derechos en el IMSS, se puede revisar en la Constancia de Semanas Cotizadas.
- Que el trabajador muera antes de tener las semanas cotizadas o no esté en la vigencia de derechos.
- Emplearse sin que haya pasado seis meses como pensionado.
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¿Qué es la Resolución de Negativa de Pensión?
Esta resolución que da el IMSS al trabajador indica que no podrá tener una pensión, pero sí podrá retirar los recursos de la Afore que administre el dinero. El IMSS indica que “en el caso de las pensiones otorgadas al amparo de la Ley del Seguro Social de 1973, los recursos correspondientes a las subcuentas de Cesantía en edad avanzada y Vejez y Cuota Social serán transferidas por la Afore al Gobierno Federal con el fin de financiar las pensiones de todos los Trabajadores que optaron por este régimen”.
Por otro lado, el IMSS indica que los saldos de las subcuentas de Vivienda serán transferidos por el Infonavit a la cuenta bancaria que el trabajador haya proporcionado.
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