Si tu vida laboral se remonta a una fecha anterior a 1997 pero ya no seguiste cotizando para dedicarte mejor a emprender en un negocio propio pensando que no llegarías a jubilarte con una pensión del Instituto Mexicano del Seguro Social, debes conocer la Modalidad 40 o continuación voluntaria al régimen obligatorio en el IMSS, con la que sí puedes seguir cotizando para tener un retiro en el que recibas pensión, pero si implementas la estrategia adecuada, podrás conseguir mensualidades de más de 30 mil pesos.
Este mecanismo te permite sustituir las aportaciones patronales de un empleador por tus aportaciones voluntarias para que tu ahorro para el retiro siga creciendo y, además, si aplicas los pagos adecuados, te pensionarás con un salario superior por lo que mejorarás drásticamente la cantidad que te llegue al finalizar tu vida laboral.
La Modalidad 40 permite a las y los trabajadores que hayan dejado de cotizar con un patrón, continuar con aportaciones para incrementar sus semanas cotizadas y mejorar el monto de su pensión por cesantía.
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La clave para esto es reunir 500 semanas cotizadas y que tu sueldo promedio en los últimos cinco años de trabajo (las últimas 250 semanas). En ese tiempo tienes que hacer las aportaciones que correspondan a un salario máximo de 25 UMAS (Unidad de Medida y Actualización) donde el monto promedio que abones te ayudará a que te hagas acreedor a una pensión mensual de 30 mil pesos o más, siendo 50 mil pesos el tope, y para lo cual depende el promedio del sueldo final con el que hagas tus abonos, cuyo monto debe correspondder al 10% del salario de cotización señalado y hacerse el pago puntual cada 30 días.
Cuáles son los requisitos y pasos para tramitar la Modalidad 40 del IMSS
Debes haberte registrado ante el instituto, pero encontrarte actualmente sin cotizar ante el instituto tras haber trabajado con las prestaciones del IMSS con fecha de registro anterior a 1997 -por lo que deberás estar bajo el régimen de la Ley del 73 del Seguro Social. En los cinco años más recientes tienes que haber cotizado al menos durante 53 semanas para pedir tu registro en este esquema para tu retiro.
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En cuanto al trámite en sí, se debe realizar de manera presencial en la Subdelegación del Seguro Social que te corresponde, presentando tu Clave Única del Registro de Población (CURP), tu identificación oficial vigente, Número de Seguridad Social (NSS), un comprobante de domicilio y tu dirección personal de correo electrónico; además de un escrito libre en el que expliques tu solicitud para participar de este esquema para el retiro del IMSS.
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Debes indicar la cuota de sueldo que estarás pagando por medio de un recibo de pago de cuta obrero patronal –todo en original y copia-, finalmente debes llenar el formulario de la solicitud de inscripción a la continuación voluntaria en el régimen obligatorio.
Pero también cuentas con la alternativa de hacer un trámite virtual para que te des de alta en la Modalidad 40 del IMSS por internet y quedes inscrito para seguir juntando tus semanas cotizadas con tu CURP y dirección de e-mail personal; a través del portal del Instituto para realizar tu solicitud.
Para más información sobre este y otros temas, visita la sección de Retiro de Mi Bolsillo.