Pensión por incapacidad permanente IMSS, quién puede pedirla

Si un trabajador que esté registrado en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), tuvo un accidente o enfermedad derivada de su trabajo, puede solicitar la pensión por incapacidad permanente del instituto.

De acuerdo con el IMSS, para que pueda aplicar este tipo de pensión, debe ser dictaminada por los servicios médicos institucionales, a través del formato “Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgo de Trabajo ST-3”.

Qué es la pensión por incapacidad permanente

Esta pensión se considera cuando el trabajador sufre un accidente o enfermedad, ocasionada por las labores que desempeña, la cual repercute en una disminución de sus facultades o aptitudes para trabajar (incapacidad parcial) o la pérdida de sus facultades o aptitudes que lo imposibilitan para desempeñar cualquier trabajo por el resto de su vida (incapacidad total).

En este caso, la pensión puede otorgarse de manera provisional, por un período de hasta de 2 años, o definitiva, según el dictamen médico. Para hacer este trámite, el trabajador debe acudir a la ventanilla de prestaciones económicas de su Unidad de Medicina Familiar (UMF) más cercana a su domicilio.

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Los documentos que debe presentar son los siguientes:

  • Identificación oficial con fotografía y firma vigente.
  • Número de Seguridad Social (NSS).
  • Comprobante de domicilio, no mayor a tres meses.
  • Clave Única de Registro de Población (CURP).
  • Estado de cuenta de la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore).
  • Constancia de la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.
  • Cédula de Identificación Fiscal.

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El trámite puede realizarse tanto en la Unidad de Medicina Familiar o en la Subdelegación de adscripción, en un horario de 8 a 15 horas, o en el horario ampliado que determine la Delegación. 

Para más información de este y otros temas, visita nuestra sección de Retiro.

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