Cuando un adulto de más de 50 años pierde su empleo, las posibilidades de ser contratado de nuevo son bajas. Aunque suene lamentable, es una realidad, perder el trabajo a una edad avanzada es un temor constante entre los mexicanos.
Parte del miedo es bien fundamentado porque, dejar de cotizar semanas laborales puede quitarte el derecho a una pensión por jubilación. Sin embargo, la Ley el Seguro Social contempla un espacio de tiempo en que se conservan los derechos del apoyo económico, a pesar de que el trabajador no pertenezca al régimen obligatorio, es decir, que no esté laborando formalmente.
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¿Cuánto tiempo conservas el derecho a pensión si te quedas sin trabajo?
La figura legal que puede ampararte en un situación así se conoce como conservación de derechos. Resulta que seguirás siendo acreedor de una pensión para jubilarte, aún si dejas de cotizar semanas laborales, pero hay un límite de tiempo.
Después de ser dado de baja, conservarás el derecho a pensionarte por un periodo igual a la cuarta parte de las semanas que hayas cotizado en el IMSS. Por ejemplo, si cotizaste 1000 semanas, entonces tendrás 250 válidas para aplicar para una pensión para el retiro. Inclusive podrías solicitar una pensión anticipada, siempre y cuando el ahorro que hayas acumulado supere en más del 30% el monto de la pensión mínima garantizada que establece el Gobierno Federal.
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Por otro lado, si no cumples los requisitos para la pensión anticipada, ni tampoco tendrás la edad necesaria para jubilarte cuando termine el límite de tiempo en que conservas tus derechos, forzosamente deberás volver a cotizar en el IMSS, el periodo varía según cuánto duraste sin trabajar.
En caso de que no hayan pasado más de tres años desde el despido, la conservación de derechos se reactiva al momento de tu reinscripción al padrón laboral; si pasaron más tres y menos seis años, tendrás que cubrir un mínimo de seis meses cotizando; finalmente, si duraste más de seis años desempleado, deberás cotizar un mínimo de 52 semanas para reactivarla.
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