Cuando ocurre el fallecimiento de un asegurado o pensionado, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ofrece una prestación económica denominada Ayuda para Gastos de Funeral, con el objetivo de apoyar a los familiares en los costos relacionados con los servicios funerarios. De acuerdo con la documentación oficial del IMSS, este apoyo se entrega en una sola exhibición y equivale a dos veces el valor mensual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente en la fecha del deceso.
El IMSS detalla que esta prestación puede ser solicitada por un familiar del asegurado o pensionado, siempre que el fallecido haya estado vigente en sus derechos al momento de la muerte. Además, el asegurado debía contar con al menos doce semanas de cotización dentro de los nueve meses previos al fallecimiento. Sin embargo, el Instituto aclara que, en los casos en los que la causa del deceso se deba a un riesgo de trabajo, no se exige este requisito de cotización.
Este apoyo económico no solo pretende cubrir una parte de los gastos funerarios, sino también agilizar el proceso de apoyo a las familias en momentos de dificultad. Según el IMSS, los servicios funerarios que pueden comprobarse incluyen conceptos como el ataúd, la cremación, el embalsamamiento, el traslado, el equipo de velación y los derechos de entierro.
1. Documentos del asegurado o pensionado:
- Factura de servicios funerarios: debe ser un comprobante fiscal que describa los gastos realizados. Si los servicios fueron contratados en un Velatorio IMSS, el contrato de prestación de servicios podrá sustituir la factura.
- Acta de defunción: se debe presentar copia certificada expedida por el Registro Civil o por una representación consular mexicana. El IMSS también acepta el acta en formato digital impresa desde la página oficial del Registro Civil.
- Formato ST-7: en caso de fallecimiento por riesgo de trabajo, se debe anexar este documento, que acredita la atención médica inicial y la calificación del riesgo laboral.
2. Documentos de la persona solicitante:
- Identificación oficial vigente, como INE, pasaporte o cartilla militar.
- Comprobante bancario con número de cuenta y CLABE a nombre del beneficiario, donde se realizará el depósito de la ayuda.
El IMSS precisa que este trámite puede realizarse directamente en la Unidad de Medicina Familiar (UMF) o en la Subdelegación de adscripción correspondiente, en un horario general de 8:00 a 15:00 horas.