La Ley 97 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) aplica para las personas que comenzaron a cotizar a partir del 1º de julio de 1997. A diferencia del régimen anterior, en este esquema la pensión depende únicamente del ahorro acumulado en la cuenta individual de la Afore de cada trabajador.
En condiciones generales, para acceder a una pensión bajo esta ley se requiere haber cotizado un mínimo de semanas —850 en 2025, con un aumento gradual hasta alcanzar 1,000 en 2031— y tener entre 60 y 64 años en caso de la Pensión por Cesantía, o 65 años para la Pensión por Vejez. Además, se debe contar con el expediente actualizado en la Afore.
No obstante, existen casos en los que un trabajador puede pensionarse antes de los 60 años. Esto es posible si la pensión que resulte de la contratación de una renta vitalicia es al menos 30% mayor a la pensión mínima garantizada. En este escenario, la persona trabajadora puede solicitar su jubilación anticipada y acceder a ciertos beneficios adicionales.
- Retiro de excedentes: los recursos sobrantes en la Afore, después de contratar la renta vitalicia, pueden retirarse en efectivo.
- Exención de impuestos: la disposición de recursos y rendimientos está libre del pago de impuestos.
La Ley 97 del IMSS ofrece la posibilidad de jubilarse incluso antes de los 60 años, aunque bajo una condición específica ligada al monto de la renta vitalicia. Este esquema resalta la importancia del ahorro individual en la Afore, pues es el factor determinante para lograr una pensión suficiente y, en casos favorables, un retiro anticipado.