Revisa las semanas que debes tener para lograr tu pensión en el IMSS con Ley 73 y Ley 97

La pensión es una prestación económica esencial para los trabajadores que han cotizado en el Instituto Mexicano del Seguro Social; con la reforma de pensiones de 2020, más de 72,000 personas han logrado pensionarse, según datos de la Consar al cierre de 2023. Si estás pensando en el retiro, revisa las semanas que debes tener para lograr tu pensión en el IMSS con Ley 73 y Ley 97.

En el país, existen dos regímenes principales: la Ley 73 y la Ley 97, cada uno con sus propios requisitos y beneficios. Entender estos regímenes es vital para planificar un retiro exitoso.

En la Ley 73, la edad es un factor determinante. Se puede solicitar una Pensión de Cesantía en Edad Avanzada a los 60 años o una Pensión por Vejez a los 65 años. La edad de retiro influye directamente en el porcentaje de la pensión mensual, siendo más alta cuanto mayor sea la edad al momento de pensionarse. Además, es fundamental estar en vigencia de derechos, lo que cubre una cuarta parte del tiempo trabajado.

Por otro lado, la Ley 97 aplica para quienes comenzaron a cotizar a partir del 1 de julio de 1997. Aquí, la pensión se basa en el saldo acumulado en la cuenta individual del trabajador. Factores como el salario de cotización, los rendimientos generados en la Afore y las aportaciones voluntarias pueden incrementar el monto de la pensión. En 2024, se requieren al menos 825 semanas cotizadas, aumentando anualmente hasta llegar a 1,000 semanas en 2031.

La Ley 97 también establece una edad mínima de 65 años para solicitar la Pensión por Vejez, y de 60 a 64 años para la Pensión por Cesantía en Edad Avanzada. Existe una modalidad adicional llamada Pensión por Retiro, que permite pensionarse antes de los 60 años si el saldo de la Cuenta Individual es suficiente para una Renta Vitalicia superior al 30% de la Pensión Garantizada.

En este régimen, los trabajadores tienen varias opciones para pensionarse: Renta Vitalicia, donde la pensión es pagada por una aseguradora; Retiro Programado, pagada por la Afore; y Pensión Garantizada, otorgada por el Estado a quienes cumplen con la edad y el mínimo de semanas cotizadas. Estas opciones ofrecen flexibilidad para adaptarse a las necesidades individuales de cada trabajador.

Para iniciar el proceso de pensión, es necesario contar con ciertos documentos: identificación oficial vigente, CURP, RFC, acta de nacimiento original y copia certificada, comprobante de domicilio reciente, estado de cuenta bancaria con CLABE visible, y el estado de cuenta y expediente electrónico emitidos por la Afore. Este último debe incluir información biométrica actualizada y los beneficiarios designados.

Es importante tener en cuenta que, si se recibe una negativa de pensión por no cumplir con los requisitos, el saldo acumulado en la cuenta individual se entregará en una sola exhibición al trabajador o a sus beneficiarios. Esto subraya la importancia de cumplir con todos los requisitos y planificar adecuadamente para evitar sorpresas desagradables al momento del retiro.

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