Si has estado afiliado al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), es muy importante que conozcas bajo qué régimen estás cotizando. En México existen dos leyes que rigen las pensiones del IMSS: la Ley del 73 y la Ley del 97, y tu fecha de inscripción al Instituto determina cuál de estas aplica en tu caso. Esta información es esencial para planear un retiro sin contratiempos y para saber si podrás acceder a una pensión o no.
Identificar tu régimen es muy sencillo:
- Si te diste de alta en el IMSS antes del 1 de julio de 1997, estás bajo el esquema de la Ley 73.
- Si te registraste a partir del 1 de julio de 1997, entonces cotizas conforme a la Ley 97.
- OFERTAS DE MERCADO LIBRE MÉXICO
- 4 sillas plegables blancas Loomber REMATADO con 48% de DESCUENTO por menos de $1,600 pesos mexicanos dando CLIC AQUÍ
- Bocina Portátil Aiwa, 600W, Bluetooth, USB, Resistente al Agua, Con Luces LED CON 42% DE DESCUENTO danco CLIC AQUÍ.
- Taladro Banco 1/2 Prensa Morsa 5 Velocidades Luz 110v 350w con 52% de descuento por menos de $1,550 pesos mexicanos dando CLIC AQUÍ.
- Moto G85 5g 512 Gb 12 Gb Ram con 25% de descuento y 24 meses sin intereses| Menos de $5,200 dando CLIC AQUÍ
- El precio puede cambiar según la promoción vigente.
Para estar completamente seguro, puedes verificar esta información revisando tu estado de cuenta de la AFORE o solicitando una Constancia de Vigencia de Derechos directamente en el IMSS. Esto te dirá exactamente la fecha en que fuiste dado de alta y, por lo tanto, cuál es tu régimen aplicable.
- Haber cotizado al menos 500 semanas al IMSS, lo que equivale a unos 10 años de trabajo formal.
- Estar dentro del periodo de conservación de derechos, que se calcula como la cuarta parte del tiempo total cotizado. Es decir, si trabajaste 20 años, tus derechos se conservan por 5 años después de tu última baja ante el IMSS.
Si cumples con lo anterior, tendrás derecho a una pensión vitalicia cuyo monto se calcula con el promedio salarial de tus últimas 250 semanas cotizadas, es decir, de los últimos cinco años en los que trabajaste y aportaste al Instituto.
Aunque esto puede sonar desalentador, no pierdes todo lo que aportaste: al recibir la negativa de pensión, se te devolverán los recursos acumulados en tu cuenta individual de AFORE. Estos fondos corresponden a las aportaciones que hiciste durante tu vida laboral.
Además, si tienes saldos acumulados en el SAR IMSS 92 o SAR Infonavit 92, esos recursos también te serán entregados, pero únicamente cuando cumplas 65 años de edad.