¿Puedo registrarme a los 63 años y cotizar dos años?

La Modalidad 40 ofrece una posibilidad para que los trabajadores que tengan una proyección de pensión baja, como la mínima garantizada, puedan aumentarla; pero Modalidad 40 del IMSS: ¿Puedo registrarme a los 63 años y cotizar dos años?, aunque generalmente se aconseja darse de alta a los 60 años para tener cinco años de cotización, ¿se puede hacer después de esa edad?

Los trabajadores que pueden darse de alta son quienes están en la Ley 73 del IMSS, quienes no deberán de estar registrados en el IMSS como trabajadores y deberán de tener como mínimo 52 semanas cotizadas, aunque, la recomendación es tener más de 1,000 semanas para que aumente el número significativamente, se mejore el promedio salarial e incremente el monto de la pensión.

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Modalidad 40 del IMSS: ¿Puedo registrarme a los 63 años y cotizar dos años?

El especialista en pensiones Alejandro Lara de la cuenta Tu Plan de Retiro realizó una simulación de pensión en Modalidad 40 del IMSS para una persona de 63 años y por un plazo de dos años; en esta situación, el interesado contaba con 807 semanas cotizadas y un promedio salarial de $561.62, con esa información la pensión sería de $7,301.49.

Para mejorarla el trabajador tendría que registrarse en la Modalidad 40 del IMSS con un salario diario de 25 UMAS que sería de $2,710.21; la inversión por dos años es de $255,222.98, por lo que al final tendrá una pensión de $18,754.76.

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¿Si soy Ley 97 del IMSS, puedo registrarme en Modalidad 40?

Las personas que estén bajo este régimen y quieran registrarse, deben saber que la pensión se calcula con base a lo acumulado en la cuenta Afore, por lo que, si pagan Modalidad 40 estarían aumentando sus semanas y no verían tanto rendimiento en su ahorro.

Las personas en la Ley 97 del IMSS pueden hacer aportaciones voluntarias a su cuenta o contratar Planes Personales de Retiro a un plazo mínimo de 10 años para tener un dinero que puedan usar cuando se retiren.

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Comunicóloga y periodista digital enfocada en temas de la Ley Federal del Trabajo, Ley del Impuesto Sobre la Renta, Código Fiscal de la Federación, CFDI 4.0, trámites en el SAT, pensiones, vacantes en empresas privadas y dependencias de gobierno, programas sociales e industria automotriz.

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