¿Cuánto es lo máximo que puede aumentar mi pensión asignada?

¿Es pensionado de la Ley 73 del IMSS?, si en los últimos meses se le ha incrementado el costo del mantenimiento del hogar, conozca: Ley 73 del IMSS: ¿Cuánto es lo máximo que puede aumentar mi pensión asignada?, información que le será de utilidad para saber si cumple con las condiciones para recibir un aumento en el pago mensual por este concepto.

Las pensiones son una prestación a la que tienen derecho los trabajadores del IMSS e ISSSTE que lograron en ambas instituciones un ahorro para el retiro que les permitirá sostenerse en los siguientes años de vida, por lo mismo, se contempla un apoyo de carga familiar que aumenta el porcentaje de la pensión por medio de las asignaciones familiares, pero, que una vez asignada la pensión sólo podrá incrementar por los hijos o los padres del titular.

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Ley 73 del IMSS: ¿Cuánto es lo máximo que puede aumentar mi pensión asignada?

El IMSS hace esta aclaración en la explicación que hace del trámite “Modificación de pensión en relación al cálculo o en el monto pagado y por cambio de cuenta bancaria, ante el IMSS”, en donde dice que: “Puedes solicitar que se registre a un nuevo beneficiario con derecho para que se incremente el monto de la pensión mensual que recibes ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)”.

“El pensionado podrá realizar este trámite para incorporar a un nuevo asignatario hijo o beneficiario de pensión tratándose de pensiones de orfandad y ascendientes”. El máximo de aumento de la pensión variará en cada pensionado, debido a que pueden tener uno o dos padres o más de un hijo; sin embargo, esto es una oportunidad para quienes cumplan con esta condición.

 Los pensionados que aún tengan hijos podrán solicitar un aumento por carga familiar. Foto: Freepik

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¿Cuánto cuesta el trámite?

No tiene costo y se debe acudir a la Unidad de Medicina Familiar o la Subdelegación de adscripción de 08:00 a 15:00 horas; los documentos que se tienen que presentar son:

  • Solicitud de modificación de pensión llenada y firmada (lo entrega el IMSS)
  • Identificación oficial vigente (original y copia)
  • Documento del IMSS, Infonavit o Afore con el Número de Seguridad Social (NSS) y nombre del asegurado o pensionado (original y copia)
  • Documentos como recibos de pago, contratos de trabajo, comprobantes de inscripción al Seguro Social (original)
  • RFC (original y copia)

Si tiene duda de este tema, puede comunicarse al 800 623 23 23 desde cualquier parte de México. 

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Comunicóloga y periodista digital enfocada en temas de la Ley Federal del Trabajo, Ley del Impuesto Sobre la Renta, Código Fiscal de la Federación, CFDI 4.0, trámites en el SAT, pensiones, vacantes en empresas privadas y dependencias de gobierno, programas sociales e industria automotriz.

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