El Fondo de Pensiones para el Bienestar se creó el 1 de mayo con la firma del acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación del presidente de México, Andrés Manuel López Obrador; posterior a este acto, el 19 de junio se llevó a cabo la primera sesión del Consejo Técnico que aprobó las Reglas de Operación de este fondo con el objetivo de dar un complemento a las pensiones que no llegan a un pago mensual de $16,777.68, por ello, Fondo de Pensiones para el Bienestar: ¿Qué pasa si mi salario era de 20 mil pesos?
Los pensionados que serán beneficiados son quienes fueron dados de alta después del 1 de julio de 1997, por lo que se estimó que su pensión llega a un 40% de su último salario cotizado en el Instituto Mexicano del Seguro Social, para erradicar esto, es que se creó el Fondo de Pensiones para el Bienestar que permitirá dar un complemento para que el trabajador llegue a la cantidad mencionada en el primer párrafo. De esta forma, quienes recibirán el complemento son quienes no superen la cantidad de $16,777.68, pero quienes si rebasen esa cantidad no recibirán el dinero a partir del 1 de julio.
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Fondo de Pensiones para el Bienestar: ¿Qué pasa si mi salario era de 20 mil pesos?
Si se simula un caso de un trabajador con el último salario cotizado de $20,000 y su pensión llega al 40%, podría recibir un pago mensual de $8,000, lo que significa que sería beneficiario del complemento del Fondo de Pensiones para el Bienestar con un complemento de $8,777.68 cada mes.
Durante la propuesta de este Fondo de Pensiones para el Bienestar se consideró que la cantidad tope (los $16,777.68) se actualice en enero de cada año conforme a la inflación, para beneficiar el poder adquisitivo de los pensionados y permitir que tengan una mejor calidad de vida. Este complemento se empezará a distribuir desde el lunes 1 de julio de 2024.
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¿Qué es lo que hará el Fondo de Pensiones para el Bienestar?
El primer objetivo de este Fondo es dar un complemento a los pensionados que no lleguen a los $16,777.68, pero tendrá otras funciones que fueron comentadas en la primera sesión del Consejo Técnico:
- Se establece que el Fondo tiene como fin principal recibir recursos, administrarlos, invertirlos y finalmente entregarlos al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
- Estos institutos federales otorgarán a las personas trabajadoras que alcancen los 65 años de edad que hayan iniciado la cotización en términos de la Ley del Seguro Social vigente a partir del 1 de julio de 1997, así como para aquellas que se encuentren bajo el régimen de cuentas individuales que cotizan en el ISSSTE, y cuya pensión sea igual o menor a $16,777.68, un complemento.
- El dinero del fondo será invertido para cubrir las necesidades de liquidez requeridas para dar cumplimiento a los fines del Fondo; procurar la preservación de capital del patrimonio del Fondo en términos reales y generar rendimientos que contribuyan a incrementar el patrimonio.
- El Fondo contará con una metodología para el cálculo de las reservas para asegurar las devoluciones a titulares de cuentas inactivas que las soliciten.
- Se emitirá cada trimestre un informe sobre las actividades del Fondo con fines de rendición de cuentas.
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