Todas las formas de elevar el pago de tu pensión

¿Usted quiere elevar su pensión?, si tiene entre sus metas analizar cuánto dinero recibirá en su retiro, deberá de analizar cuál es su situación actual para establecer una estrategia, lea: Ley 73 del IMSS: Todas las formas de elevar el pago de tu pensión. 

Las personas se pueden pensionar desde los 65 años para tener el 100% de la pensión, sin embargo, no todos tendrán el mismo monto, debido a que depende de las semanas cotizadas, del salario registrado y del régimen en el que se vaya a pensionar la persona. Si usted está en la Ley 73 del IMSS, puede aplicar a la Modalidad 40 y a la asignación familiar para elevar el monto.

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Ley 73 del IMSS: Todas las formas de elevar el pago de tu pensión

Los trabajadores que fueron dados de alta en el Instituto Mexicano del Seguro Social antes del 1 de julio de 1997 tienen la posibilidad de registrarse en la Modalidad 40 o conocido como “Continuación voluntaria al régimen obligatorio en el IMSS”, que, por medio de cuotas mensuales, pueden pagar las semanas que no hayan cotizado antes o las venideras.

Modalidad 40

Este esquema de pago se calcula con base al salario que el trabajador quiere registrar, el cual puede ir de 1 a 25 UMAS mensuales (la cantidad depende del año en el que esté la persona), la cuota de Modalidad 40 que esté vigente en ese año (en 2024 es de 12.256% y en 2025 será de 13.347%) y la capacidad de pago del interesado.

Se recomienda darse de alta cuando se tienen 1,000 semanas para aumentar el salario promedio y el número de semanas cotizadas; si se tienen 500 o menos de 1,000 no se aconseja debido a que no se verá el beneficio del aumento de la pensión.

Por ejemplo, si una persona quiere registrarse con un salario mensual de $30,000, tendrá que obtener el 12.256% de la cuota de la Modalidad 40 y pagar al mes $3,676.8 por un plazo máximo de cinco años.

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Porcentaje de asignación familiar

Los trabajadores que estén en la Ley 73 del IMSS puede solicitar un porcentaje por asignación familiar, el cual hará que aumente este dinero, debido a que tiene “carga familiar”, concepto que se usa para definir que aún tiene dependientes económicos que pueden ser sus padres, esposa, hijos menores de 16 años o de 25 si siguen estudiando o con alguna discapacidad. Los porcentajes son:

  • 15% por esposa o concubina.
  • 10% por cada uno de los hijos menores de dieciséis años.
  • 10% por cada uno de los hijos de dieciséis y hasta veinticinco años, si se encuentra estudiando en planteles del Sistema Educativo Nacional, siempre que no sea sujeto del régimen obligatorio.
  • 10% por cada uno de los hijos del pensionado con motivo de no poderse mantener por sí mismos, debido a inhabilitación para trabajar por enfermedad crónica, física o psíquica, la asignación podrá continuarse pagando hasta en tanto no desaparezca la inhabilitación sin importar la edad.
     
  • Si el pensionado no tuviera ni esposa o concubina, ni hijos conforme a los supuestos anteriores, se concederá una asignación del 10% por cada uno de los padres del pensionado si dependieran económicamente de él.
     
  • Si el pensionado sólo tuviera un ascendiente se le concederá adicionalmente una ayuda asistencial del 10%.

Una tercera opción para mejorar la pensión es tener un Plan Personal del Retiro con un plazo de 10 años, dinero que se puede usar para aumentar la pensión. En esta nota te explicamos una simulación pagando $1,389 al mes.

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Comunicóloga y periodista digital enfocada en temas de la Ley Federal del Trabajo, Ley del Impuesto Sobre la Renta, Código Fiscal de la Federación, CFDI 4.0, trámites en el SAT, pensiones, vacantes en empresas privadas y dependencias de gobierno, programas sociales e industria automotriz.

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