Los trabajadores que están dados de alta en el Instituto Mexicano del Seguro Social, están por jubilarse y aún no han realizado el trámite de su pensión, pueden hacerlo con la modalidad 40 para tener un monto de hasta 50 mil al terminar su vida laboral, pero ¿cuáles son las desventajas de hacerlo bajo este régimen?
Uno de los requisitos para poder solicitar la pensión aplicando la Modalidad 40 es que los trabajadores estén bajo el Régimen de la Ley del Seguro Social del 73. Estos son los trabajadores que tuvieron semanas cotizadas ante el IMSS desde antes del 30 de junio de 1997.
También te recomendamos leer: Pensión ISSSTE por jubilación, cómo solicitarla y requisitos
¿Cuáles son las desventajas de pedir tu pensión IMSS con la Modalidad 40?
Una de las mayores desventajas de tramitar tu pensión con el esquema de modalidad 40 del IMSS es que si tienes pocas semanas cotizadas, el periodo de aportaciones voluntarias puede ser más largo. Así como los siguientes motivos:
- No hay aportaciones para tu Subcuenta de Vivienda en Infonavit, así que no podrás pedir una casa si así lo quieres.
- Pierdes el derecho a los beneficios de los Seguros de Riesgo de Trabajo.
- No tienen acceso al Seguro de Guarderías.
- No podrás pedir Prestaciones Sociales.
Ventajas de pedir la pensión IMSS con la Modalidad 40
Este esquema de retiro te permite que aumentes el monto de tu pensión final hasta en un 300%, realizando aportaciones voluntarias por tu cuenta para subir tu promedio salarial y el número de semanas cotizadas.
En caso de no contar con la solvencia suficiente para hacer los pagos, puede afectar tu pensión a la larga, y tienes que hacer una comparación de su es la mejor opción para ti.
¿Cómo puedes hacer el trámite de pensión IMSS con la Modalidad 40?
Este programa es gratuito y está disponible para los trabajadores que cotizaron semana bajo la Ley 73 y solo necesitas presentarte de manera presencial a la subdelegación IMSS más cercana de tu casa o en línea con los siguientes documentos:
- CURP
- Número de Seguridad Social (NSS)
- Un texto libre solicitando la inscripción en la continuación voluntaria en el régimen obligatorio, con firma autógrafa o huella digital.
- Documento que contenga el Número de Seguridad Social.
- Identificación oficial vigente.
- Comprobante de domicilio.
Para más información de este y otros temas, visita nuestra sección de Retiro.