La Ley 73 del IMSS te puede dar un pago retroactivo por un año sin afectar tu pensión yasí funciona, una ventaja que desconocen algunos trabajadores que cotizaron bajo la Ley del Seguro Social de 1973, si tardan en solicitar su jubilación.
Este beneficio está previsto en la propia Ley del Seguro Social y no afecta el monto futuro de la pensión, ya que se trata de una compensación por mensualidades no cobradas, siempre dentro del límite legal establecido.
La Ley 73 sigue vigente únicamente para quienes cotizaron al IMSS antes del 1 de julio de 1997 y cumplan con los requisitos de edad y semanas cotizadas. De acuerdo con el Artículo 163 de la Ley del Seguro Social, la pensión por vejez se paga a partir de la fecha en que el asegurado deja de trabajar, siempre que cumpla con los requisitos del Artículo 162.
Artículo 163 Ley del IMSS
Artículo 300 Ley del IMSS
En términos prácticos, si un trabajador presenta su solicitud de pensión dos años después de su baja, el IMSS solo pagará retroactivamente las mensualidades correspondientes a los últimos 12 meses. Las rentas más antiguas se consideran prescritas y no pueden reclamarse.
Artículo 301 Ley del IMSS
El derecho a la pensión de vejez inicia desde la fecha de baja laboral (Artículo 163).
El derecho a reclamar pagos atrasados de esa pensión prescribe en un año (Artículo 300, fracción I).
El derecho al otorgamiento de la pensión es imprescriptible (Artículo 301).
Por ello, un trabajador que se jubila bajo la Ley 73 puede recibir hasta 12 meses de pensión acumulada en un solo pago, sin que esto afecte su pensión futura.
Este beneficio, aunque poco conocido, representa un apoyo importante para quienes retrasan su trámite de pensión, ya que les permite recuperar hasta un año de ingresos no cobrados, legalmente respaldado por la Ley del Seguro Social. Este pago aparecerá como “Pago inicial grupo 01” en el recibo de pensión que expide el IMSS.