¿Dejaste de cotizar y quieres pensionarte en el IMSS? Estos son los requisitos

Cuando un trabajador deja de cotizar en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), no pierde de inmediato la posibilidad de acceder a una pensión. De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) la Ley del Seguro Social otorga un “periodo de conservación de derechos” o “tiempo de gracia” en el que aún se pueden solicitar ciertas pensiones.

Este periodo aplica para los casos de invalidez, cesantía en edad avanzada, vejez, viudez, orfandad o ascendencias, siempre que no deriven de un accidente de trabajo. Su duración depende directamente de las semanas que la persona haya cotizado al Seguro Social.

La regla es clara: el periodo de conservación de derechos se calcula como la cuarta parte del total de semanas cotizadas. Por ejemplo, si una persona acumuló 1,000 semanas de cotización, conservará sus derechos durante 250 semanas después de la fecha de baja, es decir, alrededor de 4 años y 42 semanas para solicitar una pensión.

En caso de que el tiempo de gracia ya haya concluido, es posible recuperar la conservación de derechos volviendo a cotizar en el IMSS. Los requisitos varían según el tiempo transcurrido desde la baja:

  • Menos de tres años: los derechos se actualizan en cuanto el trabajador vuelve a cotizar.
  • Más de tres y hasta seis años: se deben cubrir al menos 26 semanas (6 meses) de nuevas cotizaciones.
  • Más de seis años: será necesario cotizar un mínimo de 52 semanas (un año) para actualizar los derechos.

El periodo de conservación de derechos representa una oportunidad para quienes dejaron de cotizar y desean pensionarse en el IMSS. Sin embargo, además de este tiempo de gracia, se deben cumplir todos los demás requisitos legales establecidos en la Ley del Seguro Social para acceder a una pensión.

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