¿Si me registro en Modalidad 10 del IMSS, estoy en Ley 73 o Ley 97?

Si estás considerando darte de alta en este esquema de pago del Instituto Mexicano del Seguro Social, es muy probable que te estés haciendo una pregunta: ¿Si me registro en Modalidad 10 del IMSS, estoy en Ley 73 o Ley 97?

La respuesta no es tan simple como parece, pero aquí te la explico paso a paso para que tomes decisiones informadas sobre tu futuro pensionario.

Al darte de alta en esta modalidad, tienes acceso a servicios médicos del IMSS, y tus aportaciones se destinan a los seguros de enfermedades y maternidad, invalidez y vida, retiro, cesantía y vejez.

  • Si empezaste a cotizar antes del 1 de julio de 1997, estás bajo la Ley 73.
  • Si empezaste a cotizar a partir del 1 de julio de 1997, estás bajo la Ley 97.

Esto significa que, si naciste antes del 1980 y ya habías trabajado formalmente antes de julio de 1997, es muy probable que pertenezcas a la Ley 73 y que tus cotizaciones bajo Modalidad 10 se sumen a ese régimen.

Por el contrario, si empezaste a trabajar formalmente después de 1997 y no tenías semanas cotizadas antes de esa fecha, al darte de alta en Modalidad 10 seguirás en la Ley 97, la cual está ligada al sistema de cuentas individuales administradas por las Afores.

Ten en cuenta que ni la Modalidad 10 del IMSS ni ninguna otra modalidad voluntaria cambia tu régimen pensionario original. La única forma de pertenecer a la Ley 73 es haber cotizado formalmente antes del 1 de julio de 1997.

Darte de alta en la Modalidad 10 del IMSS es una excelente decisión para quienes desean mantenerse protegidos y no interrumpir su historial de cotización. Pero es importante que tengas claro que esta modalidad no define si estás bajo la Ley 73 o Ley 97; eso lo determina tu historial laboral y tu fecha de ingreso al IMSS.

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