Perdió el pago retroactivo de la Modalidad 40 por ser registrado en la Plataforma del IMSS

Perdió el pago retroactivo de la Modalidad 40 por ser registrado en la Plataforma del IMSS, un caso real que ha dado a conocer la especialista en pensiones Minerva Vázquez, directora general de Proyecsar, quien dio a conocer en un Live en YouTube el caso de un ex trabajador de plataformas que no ha podido concretar su retiro con Modalidad 40 del IMSS.

La búsqueda de una pensión digna puede convertirse en un verdadero laberinto legal para miles de mexicanos. Tal es el caso de Don Ricardo, quien, después de cotizar de manera disciplinada en la Modalidad 40 del IMSS, vio truncado su acceso al pago retroactivo de su pensión debido a una situación que parece sacada de un manual de contradicciones legales: fue dado de alta en el IMSS sin su consentimiento por una plataforma digital. ¿El resultado? Perdió el pago de cuatro meses de pensión y el proceso tuvo que empezar desde cero.

En julio de 2025, el IMSS publicó una serie de reglas para implementar esta reforma. Entre ellas, la Regla 9 señala que es posible combinar el aseguramiento como trabajador de plataforma digital con la Modalidad 40, un esquema voluntario de cotización utilizado comúnmente por personas cercanas a la jubilación para elevar el monto de su pensión.

Pero esta disposición entra en conflicto directo con el Artículo 220 de la Ley del Seguro Social, el cual establece que si una persona se reincorpora al régimen obligatorio, se le da de baja automáticamente de la Modalidad 40. En otras palabras, aunque las nuevas reglas digan que se pueden combinar, la ley vigente dice lo contrario, y es esta última la que el IMSS termina aplicando.

Durante el periodo de espera de resolución, que suele ser de 45 días hábiles, no trabajó formalmente ni se dio de alta en ningún otro régimen; sin embargo, en julio de 2025, una plataforma digital para la que trabajaba ocasionalmente lo registró automáticamente en el IMSS como parte de las nuevas obligaciones patronales.

Este alta, realizada sin que él proporcionara su NSS o firmara un contrato, fue suficiente para que el IMSS suspendiera su trámite de pensión. Y lo más grave: al no completarse el trámite dentro del plazo esperado, perdió el derecho al pago retroactivo de abril, mayo, junio y julio, que se le hubiera otorgado en condiciones normales.

La legislación aún no contempla cómo se sumarían los salarios si se permitiera cotizar en ambos regímenes. Tampoco hay claridad sobre quién es responsable cuando una plataforma da de alta a alguien sin consentimiento ni aviso.

  • Solicita tu baja formal de cualquier plataforma digital al menos dos meses antes de iniciar tu trámite de pensión. La información que se carga al IMSS por parte de estas empresas suele reflejarse con un mes de desfase.
  • Verifica tu estatus en el IMSS frecuentemente a través del portal oficial. Cualquier cambio podría afectar tus semanas cotizadas y tu derecho a retroactivos.
  • Consulta con un especialista en pensiones antes de iniciar tu trámite, especialmente si has trabajado en esquemas mixtos o independientes.

La historia de Don Ricardo pone en evidencia un vacío legal que puede tener consecuencias para miles de trabajadores próximos a pensionarse. Las buenas intenciones de una reforma no pueden eclipsar el derecho adquirido de quienes han cotizado por décadas con un plan claro.

El Gobierno y el IMSS deben actuar con urgencia para armonizar la Ley del Seguro Social con la nueva realidad laboral. De lo contrario, más trabajadores podrían ver comprometido su futuro por una “alta automática” que nunca solicitaron.

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