SAT declaración anual 2020: todavía hay tiempo, deduce tu ahorro voluntario Afore

Puedes aprovechar las ventajas fiscales de aportar voluntariamente siempre que se mantengan hasta la edad de 65 años, logrando con ello deducir hasta el 10% de tus ingresos al año. La fecha límite para entregar la declaración anual al Sistema de Administración Tributaria (SAT) es el 31 de mayo próximo.

Si no lo sabías, el ahorro voluntario en tu Cuenta Individual de Afore te traerá beneficios fiscales al mismo tiempo que como trabajador vas preparando tu retiro con las mejores condiciones para disfrutarlo.

Con esta posibilidad los trabajadores tendrán acceso a más herramientas para el ahorro a largo plazo, cuyo fundamento está en el Artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) y que permite deducir hasta el 10% de los ingresos anuales acumulados.

Al mismo tiempo que ahorras para un retiro digno, tienes ventajas en el presente al deducir las aportaciones de tu Declaración Anual. (Pixabay)

La cantidad de dinero que se destina como aportaciones voluntarias con objeto de inversión a largo plazo así como las aportaciones a largo plazo son contempladas a modo de deducciones personales por la LISR.

Para conseguirlo, el cuentahabiente debe hacer sus aportaciones y solicitarle a su Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) que le extienda el comprobante fiscal e ingresar al portal oficial del SAT.

Cuando se esté elaborando la declaración anual tendrás que ir a la sección de “Deducciones personales” e ingresar la totalidad del monto que se va a destinar para el ahorro bajo la categoría de “Aportaciones Voluntarias hechas al SAR”. Si es el caso en que exista saldo a favor, se podrá recibir un depósito, para lo cual el contribuyente proporcionará una clave interbancaria donde se abonará.

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Este beneficio fiscal continuará vigente si se siguen realizando aportaciones extra en la cuenta de ahorro hasta los 65 años de edad, con la única salvedad de que se trate de un caso de invalidez o el titular se halle incapacitado para trabajar.

El plazo para la entrega de la Declaración Anual ha sido extendido por el SAT y vence este 31 de mayo según lo acordado en la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 y su Anexo 1-A, Quinta Versión Ampliada.

Para más información sobre este y otros temas visita la sección de Retiro de Mi Bolsillo.

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